Ya son muchos los impuestos que de por sí debe pagar una pyme. Por eso, no debemos olvidarnos de ellos cuando intentamos decidir entre la compra de un vehículo o su adquisición mediante renting para nuestro negocio.
La fiscalidad de ambas modalidades es uno de los aspectos que analizamos en nuestra “Guía comparativa: Qué es mejor para una pyme ¿Comprar o renting de vehículos?”, que puedes descargar gratis haciendo clic en la imagen.
Te adelantamos las principales diferencias:
En el momento de adquirir un vehículo debemos hacer frente al pago de tres tipos de impuestos:
Según indica la ley, las cuotas por la compra de turismos remolques, ciclomotores y motocicletas, se presumen afectados al desarrollo de la actividad empresarial o profesional en la proporción del 50%, es decir que podremos deducirnos solo el 50% de su IVA. Sin embargo, si se trata de otro tipo de vehículos que puedan ser considerados 100% dedicados al desarrollo de la actividad empresarial podremos deducirnos el 100%.
Escogiendo el renting como modalidad para tus vehículos de trabajo no tendrás que hacer frente ni al impuesto de matriculación ni al de circulación. Tan solo tendrás que abonar el IVA de la cuota mensual.
¿Podremos deducirlo?
El renting es deducible hasta el 100% si el vehículo solo se destina solo a la actividad laboral, tanto en la declaración del IVA como del IRPF por lo que podremos incluir el derivado de nuestras cuotas en mensuales en nuestras declaraciones.
Esta es solo una de las diferencias que debes analizar antes de adquirir un vehículo para tu pyme mediante compra o renting. En nuestra guía gratuita encontrarás cuadros comparativos de todos los aspectos en los que debes fijarte para tomar la mejor decisión para tu negocio.
Puedes descargarla gratis aquí.